viernes, noviembre 22

Gobierno declara desastre nacional por los incendios y exige a la ALP aprobar dos créditos

DESASTRE NACIONAL

El Decreto Supremo 5235 es el que establece la declaratoria de desastre nacional y tiene la finalidad de proteger el medio ambiente, la salud y la vida de las personas, la biodiversidad y las actividades de la población boliviana debido a la magnitud de los incendios forestales.

El Gobierno decretó este lunes situación de desastre nacional por los incendios forestales en el país, lo que permite solicitar y canalizar ayuda internacional.

La decisión se tomó en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra luego de una reunión de emergencia del presidente con el gobernador en ejercicio, Mario Aguilera, y otras autoridades nacionales y departamentales.

La ministra de la Presidencia, María Nela Prada, señaló que el Decreto Supremo 5235 es el que establece la declaratoria de desastre nacional y tiene la finalidad de proteger el medio ambiente, la salud y la vida de las personas, la biodiversidad y las actividades de la población boliviana debido a la magnitud de los incendios forestales.

La norma permite también extremar todos los esfuerzos en el uso de recursos a efectos de lograr una eficiente respuesta, permitiendo que el Ministerio de Economía y Finanzas facilite las modificaciones presupuestarias necesarias.

El artículo 32 de la Ley 602 de declaratoria de “desastre y/o emergencias” permite a las entidades públicas de todos los niveles del Estado encargadas de su atención aque realicen modificaciones presupuestarias y transferencias entre partidas presupuestarias de acuerdo a la normativa existente y la normativa específica que establezca el Ministerio de Economía y Finanzas.

Los incendios de bosques suelen presentarse por la deforestación que permite ampliar la frontera agrícola y agropecuaria y el cambio climático con altas temperaturas y prolongadas sequías que también favorecen a la expansión del fuego.

El Ejecutivo presentó a la Asamblea Legislativa una serie de normativas que hasta ahora permitían la devastación de bosques para ampliar la frontera agrícola y que quedaron sin efecto pero que, sin embargo, su impacto se veré recién en los próximos años.

La Amazonía boliviana es la más afectada por enormes incendios que en 2019 arrasaron 6,4 millones de hectáreas. Este año la emergencia es mayor porque el fuego ha devastado más de 7 millones de hectáreas.

De acuerdo con el jefe de Estado, la declaratoria de desastre nacional permitirá agilizar la ayuda internacional.

ASAMBLEA

El mandatario exigió a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) aprobar créditos internacionales por $us 325 millones para enfrentar la emergencia.

La ALP tiene bloqueados un crédito del Banco Interamericano de Desarrollo por 250 millones de dólares que está destinado al Programa de Emergencia por Desastres Naturales y Salud Pública.

Está también un segundo crédito de la Corporación Andina de Fomento por 75 millones de dólares para el Programa de Apoyo para la Gestión ante Eventos Adversos del Clima para el Estado Plurinacional de Bolivia, lamentó.

DECRETO SUPREMO 5235

Artículo 1. Objeto, con la finalidad de proteger el medio ambiente, la salud y la vida de las personas, la biodiversidad y las actividades de la población boliviana debido a la magnitud de los incendios, el presente Decreto Supremo tiene por objeto declarar situación de Desastre Nacional en el marco de la Ley N° 602 del 14 de noviembre de 2014 de Gestión de Riesgos.

Artículo 2. Declaratoria de Desastre Nacional. Se declara situación de Desastre Nacional a causa de la magnitud e impacto de los daños causados por la presencia de incendios en el territorio nacional conforme a la Ley N° 602.

Artículo 3. Áreas de Intervención. El nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas aplicarán las acciones de respuesta y recuperación de los sectores y población afectadas por el desastre declarado a causa de los incendios, conforme al parágrafo 2 del artículo 40 de la Ley N° 602.

Artículo 4. Gestión de Cooperación Internacional.

Numeral 1. El Ministerio de Relaciones Exteriores y/o el Ministerio de Planificación del Desarrollo en coordinación con los ministerios que correspondan gestionarán y canalizarán la cooperación internacional para la atención del desastre.

Numeral 2. La cooperación internacional promovida por los gobiernos autónomos departamentales, municipales e indígena originario campesinos declarados en desastres por incendios serán gestionados prioritariamente por el nivel central del Estado en el marco de la competencia exclusiva señalada en el Numeral 12 del parágrafo 1 del artículo 100 de la Ley N° 031 del 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización «Andrés Ibáñez».

Artículo 5. Recursos para la atención del desastre.

El nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas extremarán todos los esfuerzos en el uso de recursos a efectos de lograr una eficiente respuesta y recuperación de los sectores y población afectada a causa de los incendios.

Artículo 6. Modificaciones presupuestarias.

En el marco del artículo 32 de la Ley N° 602 y la normativa vigente, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas facilitará las modificaciones presupuestarias a ser realizadas por las entidades del nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas.

Artículo 7. Plan de recuperación.

Numeral 1. El Ministerio de Planificación del Desarrollo en coordinación con el Ministerio de Defensa formulará el Plan de Recuperación Post Desastre en el marco de la Ley N° 602 y el Decreto Supremo N° 2342 de 29 de abril de 2015.

Numeral 2. Para la elaboración del plan señalado en el parágrafo 1 del presente artículo, el Ministerio de Planificación del Desarrollo y el Ministerio de Defensa podrán requerir la participación de otros ministerios que se considere pertinente por la naturaleza del plan. Los señores ministros de Estado en sus respectivos despachos quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Fuente: AEP Digital