El Tribunal Supremo Electoral (TSE) rechazó el ultimátum dado por “evistas” y aclaró que la sala plena tiene 15 días para tratar el recurso en contra del rechazo al congreso del MAS en Lauca Ñ, una vez sean resueltas las impugnaciones contra dos vocales electorales, Dina Chuquimia y Tahuichi Tahuichi.
“Ante las aseveraciones acerca de que el 21 de noviembre de 2023 el TSE debe resolver el recurso planteado, se aclara que de acuerdo al artículo 219 de la Ley N° 026 del Régimen Electoral, el TSE tiene un plazo de 15 días calendario para resolver el recurso, computable a partir de la radicatoria del mismo en Sala Plena. La radicatoria se producirá una vez resueltas las recusaciones planteadas”, se lee en el comunicado emitido por el ente electoral.
El “Recurso Extraordinario de Revisión planteado por el MAS-IPSP se encuentra en la fase de consideración de las recusaciones planteadas contra dos vocales electorales, que es un trámite de previo y especial pronunciamiento”.
El plazo del 21 de noviembre fue fijado por los seguidores del expresidente Evo Morales, quienes instalaron vigilias desde el 8 de noviembre en puertas de entes electorales para presionar y revertir la determinación del TSE de rechazó el congreso de octubre del MAS en Lauca Ñ e instruyó la convocatoria a un nuevo congreso para elegir a la dirección nacional.
Estos sectores objetan la Resolución TSE-RSP-ADM N° 344/2023, de 31 de octubre de 2023, que dispuso: “rechazar el registro y las determinaciones del X Congreso Nacional Ordinario de la organización política Movimiento al Socialismo- Instrumento Político por la Soberanía de los Pueblos (MAS-IPSP), en cuanto a la elección de su Directiva Nacional y el Tribunal de Disciplina y Ética Nacional”.
En ese encuentro, Morales fue ratificado como presidente de la dirección nacional del MAS y proclamado único candidato a la presidencia. Luego se supo que el dirigente no cumplió con al menos tres requisitos al momento de su postulación, entre ellos no tener al día sus aportes al MAS y la certificación de militancia otorgado por el Órgano Electoral Plurinacional.
El TSE aclaró que “esta resolución no se pronunció sobre la nulidad o validez del Congreso, por cuanto la competencia del TSE se limita a la supervisión, reconocimiento y registro de autoridades elegidas en un evento partidario, o el registro de un estatuto orgánico”.
Además de esta decisión, el TSE dispuso mantener la dirección nacional del MAS-IPSP registrada en 2017, a través de la Resolución TSE-RSP-JUR N° 005/2017, de 1 de febrero de 2017, hasta la realización de un nuevo Congreso Ordinario.
“El TSE no se pronunciará nuevamente sobre el tratamiento del recurso hasta que emita la resolución final”, destaca el comunicado.